LO QUE NECESITO MÉXICO, S. DE R.L. DE C.V., (en adelante “LQN MX”), REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU APODERADO EL SEÑOR ALEJANDRO LÓPEZ GARCIA, es una sociedad constituida, de conformidad con las leyes del país, por medio de escritura pública número 29,527, pasada ante la fe del Lic. Luis Ricardo Duarte Guerra, Notario Público 24 de la Ciudad de México, debidamente registrado ante el Registro Público del Comercio de la Ciudad de México con FME 2022016999.
Su representante cuenta con todas las facultades necesarias para obligarse en términos de su representada tal como lo acredita con la escritura pública N° 78,998, de fecha 29 de marzo de 2022, tirada ante la fe del Lic. Gerardo González Meza Hoffmann, titular de la Notaría Pública N° 79 de la Ciudad de México y que dichas facultades no le han sido revocadas o modificadas de forma alguna al momento de la celebración del presente acuerdo de voluntades.
Es una sociedad dedicada a la intermediación financiera, de diversos clientes en instituciones de crédito y financieras en la que ofrece una plataforma (aplicativo web y móvil) en la que se puede llevar la prestación integral de Servicios (a) Inmobiliarios; (b) Financieros; y (c) Seguros. para que estos estén en posibilidad de un crédito hipotecario.
Tiene su domicilio en WeWork, Torre Reforma Latino Of 24-106, Av. Paseo de la Reforma 296, Juárez, Cuauhtémoc, 06600. CDMX .
LQN MX y el AGENTE INMOBILIARIO hemos convenido celebrar el presente Acuerdo de Colaboración Empresarial (en adelante el “Contrato”), el cual se regirá por las siguientes:

I. CONSIDERACIONES
1. EL AGENTE INMOBILIARIO se dedica, en forma independiente y autónoma a la intermediación para la compraventa de inmuebles con los más altos estándares
2. Las Partes han decidido celebrar el presente contrato con el objetivo de que el AGENTE INMOBILIARIO refiera a los promitentes compradores y/o vendedores de bienes inmuebles para que hagan uso de los servicios de LQN MX a cambio de una comisión por el desembolso de cada operación

II. CLÁUSULAS
PRIMERO. OBJETO. Las partes acuerdan que el AGENTE INMOBILIARIO vinculará a los promitentes compradores y/o compradores de bienes inmuebles en los que sea intermediario, a los servicios ofrecidos por LQN MX a cambio de una comisión por cada crédito hipotecario fondeado, cuando el beneficiario del crédito haya sido vinculado por el AGENTE INMOBILIARIO.
Parágrafo Primero. Las Partes acuerdan que el presente contrato es de naturaleza mercantil, por lo que no generará ningún tipo de subordinación laboral. EL AGENTE será el encargado de asumir cualquier gasto o expensa derivada de su actividad comercial, así como ejercerá dicha actividad con autonomía e independencia, estando obligado LQN MX a respetar la forma de ejecución del AGENTE.
SEGUNDO. COMISIÓN. LQN MX pagará al AGENTE INMOBILIARIO comisión del 0.5% sobre el valor fondeado, obtenido por LQN MX como consecuencia de la celebración de cada negocio en particular.
Parágrafo Primero. La comisión solo se generará a favor del AGENTE INMOBILIARIO una vez se realice el fondeo del crédito hipotecario.
TERCERO. OBLIGACIONES DE LQN MX. LQN MX estará obligado a lo siguiente:
1. Poner a disposición del AGENTE INMOBILIARIO el usuario y/o correo electrónico, que asegure la confidencialidad de la información de los clientes y terceros
2. Realizar perfilamiento, gestión comercial, validación y acompañamiento a los clientes, sin costo, en el proceso de crédito hipotecario, respetando siempre los leads (clientes) que hayan llegado a través del AGENTE INMOBILIARIO.
3. Actuar con diligencia y prestar sus mejores esfuerzos en cerrar el negocio de financiación del cliente, entendido este como el desembolso u fondeo del crédito hipotecario o pago del valor de financiación, vinculado por la gestión del AGENTE INMOBILIARIO. LQN MX no garantiza que los procesos de intermediación financiera de los clientes vinculados por el AGENTE INMOBILIARIO terminen con el efectivo desembolso del crédito.
4. Pagar la comisión causada conforme las condiciones y los plazos establecidos en este acuerdo.

CUARTO. OBLIGACIONES DEL AGENTE INMOBILIARIO. El AGENTE estará obligado a lo siguiente:
1. Realizar sus mejores esfuerzos para vincular a los promitentes compradores de las operaciones de compraventa en las que se encuentre mediando y/o refiriendo clientes potenciales de este negocio y que requieran financiación bancaria.
2. Recolectar los datos personales de los clientes necesarios para la prestación del servicio ofrecido por LQN MX, cuando esto sea necesario, obteniendo la autorización de tratamiento por parte del titular a favor de LQN MX.
QUINTO. ALCANCE E INDEPENDENCIA. Las Partes dejan expresa constancia de que en virtud del presente Contrato no se genera vínculo laboral alguno entre las Partes, ya que no media subordinación ni dependencia por tener cada una de las Partes plena autonomía directiva, técnica y administrativa para realizar su gestión. LQN MX, se exime de cualquier tipo de responsabilidad originada por cualquier daño o perjuicio que pueda provocar EL AGENTE INMOBILIARIO a sus clientes o terceros con ocasión de la prestación de sus servicios de intermediación inmobiliaria y en la gestión para la compraventa de bienes inmuebles.
SEXTO. TERMINACIÓN DEL ACUERDO. El Contrato terminará por la ocurrencia de cualquiera de las siguientes causales:
1. Por mutuo acuerdo entre las Partes;
2. Por vencimiento del plazo inicial o cualquiera de sus prorrogas mediando comunicación de cualquiera de las Partes expresando su intención de no prorrogarlo;
3. Cuando LQN MX o EL AGENTE INMOBILIARIO terminen el Contrato anticipadamente sin alegar incumplimiento alguno; caso en el cual no se generará sanción o indemnización de perjuicios a favor de la otra Parte;
4. Cuando una de las Partes incumpla cualquiera de las obligaciones señaladas en el Contrato y, en general, cuándo incumpla cualquiera de las obligaciones previstas en la Ley. En este caso la parte incumplida estará obligada a indemnizar los perjuicios generados a la otra
SÉPTIMO. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. EL AGENTE INMOBILIARIO como responsable de los datos personales recolectados, declara:
1. Que se encuentra en cumplimiento de la normativa en materia de protección de datos personales que incluye la Ley Ley Federal de Datos Personales en Posesión de los Particulares. Los Lineamientos del Aviso de Privacidad, publicados en el Diario Oficial de la Federación el día 17 de enero de 2013. LQN MX es responsable del tratamiento de los datos personales en términos del presente Aviso de Privacidad y la fracción XIV del artículo 3 de la Ley.
2. Que cuenta con las medidas de seguridad necesarias para garantizar la accesibilidad, integridad y confidencialidad de los datos personales